El despacho está comprometido con esta materia jurídica, porque analiza, investiga, interviene y defiende la regulación de la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.
El derecho de extranjería consiste en la aplicación en el ámbito del Régimen Extracomunitario o general, ya que engloba las situaciones administrativas de ciudadanos extranjeros que no tienen nexos con la Unión Europea. Las autorizaciones de este régimen están reguladas por la Ley 4/2000 y se desarrollan mediante el RD 557/2011.
Además, en el ámbito del Régimen Comunitario, según la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004. En transposición al derecho español en virtud del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
A continuación, las áreas y cuestiones de intervención relativas al derecho de extranjería e inmigración:
El derecho privado es el conjunto de normas que rige a los particulares y una de las premisas fundamentales de esta área del derecho, es la garantía de la propiedad privada. Es así, como el Despacho aborda la aplicación de las leyes civiles en las controversias, comprometido con el mejor gobierno del asunto asignado.
Dentro de las cuestiones de intervención relativas al derecho privado están: El matrimonio, las controversias que surgen entre las personas en la vida cotidiana, la responsabilidad civil, el cumplimiento de los contratos, los procedimientos de sucesiones, la normativa reguladora entre padres e hijos, y todo lo que rodea la totalidad de la disciplina, entre otras, las conciliaciones y los litigios de los sujetos procesales ante los órganos jurisdiccionales.
A continuación, las áreas de intervención sobre derecho privado: